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CARTA A LOS PRODUCTORES
Derechos de los trabajadores que secunden la huelga.
Estimados Señores,
El motivo de la presente es comunicarles que TACE (sindicato de técnicos audiovisuales y cinematográficos del estado español) apoya la huelga general convocada para el 29 de septiembre contra la reforma laboral y la política de recortes sociales que está acometiendo el actual gobierno.
La decisión de secundar la huelga se ha tomado por unanimidad en la Asamblea General de técnicos. Por ello, le comunicamos que, cualquier proyecto que se esté rodando en esas fechas puede verse afectado por la decisión de los trabajadores de sumarse a la huelga general. Actualmente, estamos distribuyendo propaganda informativa en los diferentes rodajes y grabaciones e impulsamos asambleas para informar a los técnicos de los motivos por los que apoyamos esta huelga general.
Sumarse a una huelga general es un hecho de conciencia individual. Pero nuestra responsabilidad como colectivo sindical y ciudadano es hacer pública nuestra postura. Los trabajadores pueden celebrar reuniones o votaciones al respecto, pero su valor solo será informativo del respaldo que pudiera tener la huelga en cada rodaje o grabación.
A los trabajadores que secunden la huelga, les asisten los siguientes derechos en el ordenamiento laboral español:
1- El derecho de huelga está respaldado por la constitución
2- Ningún trabajador que se sume a la huelga puede sufrir represalia alguna por la empresa para la que trabaja. En caso de que existiera algún tipo de represalia, infórmate en el sindicato sobre cómo denunciarlas
3- Los trabajadores están en su derecho a reunirse en asambleas para debatir su apoyo a la huelga
4- Los trabajadores están en su derecho a mantener una actividad informativa con sus compañeros tanto en los días previos como en la propia jornada de huelga
5- Ningún trabajador que se sume a la huelga puede ser sustituido por otro trabajador en su puesto de trabajo, ya que desvirtuaría su derecho a la huelga.
6- Está terminantemente prohibido contratar a otros trabajadores para sustituir a los que hagan huelga
7- El trabajo que pudiera corresponderse al día de huelga, no puede ser recuperado nunca a base de horas extraordinarias o de trabajo en posteriores días festivos.
8- Los trabajadores no tienen obligación de comunicar a la empresa su decisión de hacer huelga. La huelga está comunicada públicamente y es una decisión que corresponde tomar libremente.
Esperamos que los trabajadores podamos contar con el respeto a nuestras decisiones, o incluso comprensión y apoyo. Consideramos esta huelga como un ejercicio democrático necesario, como una presión de quienes trabajamos para vivir en esta economía desregularizada, para exigir a nuestro gobierno que cumpla con el mandato de quienes le sostienen, los ciudadanos, que no somos quienes propiciamos esta gran crisis y no somos quienes debemos pagarla.
Atentamente,
La Comisión Ejecutiva
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